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w-SporTs: Un futbolista llamado Guillermo Ochoa ignora los derechos de los mexicanos naturalizados.

15/08/08

Un futbolista llamado Guillermo Ochoa ignora los derechos de los mexicanos naturalizados.

Por: Guadalupe Regalado.
Un futbolista de nombre Guillermo Ochoa, que al parecer es arquero del América, refirió a la decisión de Sven Göran Eriksson de llamar a jóvenes naturalizados mexicanos a formar parte del Tri en el encuentro que tendrá la Selección Mexicana frente a Honduras el próximo 20 de agosto, lo siguiente:
"Es algo que es bastante complicado, de repente (su llamado) le quita la oportunidad a jugadores mexicanos de poder estar en la selección y, no lo sé, es algo diferente".... "si a los naturalizados les llegaran las convocatorias de su país y la de México a la vez, seguramente no decidirían por el nuestro".
Parece ser que el futbolista Ochoa ignora los siguientes artículos de la Constitución Mexicana:

De las Garantías Individuales
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
A.
Son mexicanos por nacimiento:
I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional;
III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano
por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.
B. Son mexicanos por naturalización:
I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización.
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.
Lo que debemos hacer todos los mexicanos por nacimiento o naturalización es evitar esta clase de comentarios retrógradas, que lo único que generan es la discriminación y el malestar en una sociedad que siempre se ha categorizado por su fraternidad y sencillez. No importa a qué nos dediquemos, eso es lo de menos. Lo que importa es no tener este tipo de conductas antisociales que generan verdadero malestar a los mexicanos que no somos racistas.

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