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06 junio 2007

Cosas de medios y de legislación.

Por: Susana Mendoza.

El día de hoy por fín la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó entrever una resolución a la tan apelada ley de medios de comunicación, siendo uno de los fallos más importantes la denegación de la solicitud expresa a la SCJN por un grupo de 47 ex legisladores, la inclusión de comunidades indígenas como consecionarios de estaciones radiofónicas o televisivas, por encima del Congreso de la Unión y su papel en el diseño de las leyes.
Cabe resaltar que la resolución juega un importante moderador en la responsabilidad que ejerce la emisión de todo mensaje dirigido a las masas.
Recordemos que en 2006, previo a la transición presidencial, la agrupación denominada APPO tomó 12 estaciones radiofónicas y un canal de televisión en Oaxaca, emitiendo mensajes sedicionistas y subversivos, auspiciados por un partido izquierdista.
El costo de tal irresponsabilidad, se vió reflejado en el principal motor económico de Oaxaca: el turismo.
Hoy es un día histórico para la legislación de medios de comunicación, considerando el mensaje inmerso en esta resolución: ninguna persona ni organización de cualquier índole puede rebasar el límite que lleva implícita la gestión de contenidos dirigidos a las masas, y ninguna organización política debe usar a las comunidades indígenas para sus intereses, instando a la violencia a través de un micrófono o una cámara de televisión.

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